La Comisión Europea propuso un Reglamento de la Comisión (UE) sobre el uso de bisfenol A (BPA) y otros bisfenoles y sus derivados en materiales y objetos en contacto con alimentos. La fecha límite para recibir comentarios sobre este borrador de ley es el 8 de marzo de 2024. BTF Testing Lab desea recordar a todos los fabricantes que se preparen para el borrador lo antes posible y realicenpruebas de materiales en contacto con alimentos.
El contenido principal del borrador es el siguiente:
1. Prohibir el uso de BPA en materiales en contacto con alimentos
1) Está prohibido el uso de sustancias BPA (CAS No. 80-05-7) en el proceso de fabricación de pinturas y recubrimientos, tintas de impresión, adhesivos, resinas de intercambio iónico y cauchos que entren en contacto con alimentos, así como para comercializar productos finales en contacto con alimentos compuestos parcial o totalmente de estos materiales.
2) Se permite utilizar BPA como sustancia precursora para sintetizar BADGE y sus derivados, y utilizarlos como monómeros para barnices y recubrimientos de alta resistencia con grupos BADGE para fabricación y comercialización, pero con las siguientes limitaciones:
·Antes de los siguientes pasos de fabricación, el barniz de alta resistencia y el recubrimiento del grupo epoxi líquido BADGE deben obtenerse en un lote identificable por separado;
·No se detectará el BPA que migra de materiales y productos recubiertos con grupos funcionales BADGE en barnices y revestimientos pesados, con un límite de detección (LOD) de 0,01 mg/kg;
·El uso de barnices y recubrimientos de alta resistencia que contengan grupos BADGE en la fabricación de materiales y productos en contacto con alimentos no causará hidrólisis ni ninguna otra reacción durante el proceso de fabricación del producto o en contacto con alimentos, lo que resultará en la presencia de BPA en los materiales, artículos. o comida.
2. Revisión de la normativa relacionada con el BPA (UE) nº 10/2011
1) Suprimir la sustancia 151 (CAS 80-05-7, Bisfenol A) de la lista positiva de sustancias autorizadas por el Reglamento (UE) nº 10/2011;
2) Agregue la sustancia No. 1091 (CAS 2444-90-8, 4,4 '- Isopropilendifenoato disódico) a la lista positiva, limitada a monómeros u otras sustancias de partida de resina de polisulfona para membranas de filtro sintético, y no se puede detectar la cantidad de migración ;
3) Enmienda (UE) 2018/213 para derogar la (UE) n.º 10/2011.
3. Revisión del reglamento relacionado con el BPA (CE) nº 1985/2005
1) Prohibición de utilizar BADGE para producir envases de alimentos con una capacidad inferior a 250 litros;
2) Los barnices y recubrimientos producidos a base de BADGE se pueden utilizar para contenedores de alimentos con una capacidad entre 250 L y 10000 L, pero deben cumplir con los límites de migración específicos para BADGE y sus derivados enumerados en el Anexo 1.
4. Declaración de conformidad
Todos los materiales en contacto con alimentos que circulen en el mercado y los artículos restringidos por este reglamento deberán contar con una declaración de conformidad, la cual deberá incluir la dirección e identidad del distribuidor, fabricante o distribuidor de productos importados; Las características de los materiales intermedios o finales en contacto con los alimentos; El tiempo para la declaración de conformidad y la confirmación de que los materiales intermedios en contacto con alimentos y los materiales finales en contacto con alimentos cumplen con las disposiciones de este reglamento y los artículos 3, 15 y 17 de (CE) nº 1935/2004.
Los fabricantes deben realizarpruebas de materiales en contacto con alimentoslo antes posible y emitir una declaración de cumplimiento.
URL:
https://ec.europa.eu/info/law/better-regulation/have-your-say/initiatives/13832-Food-safety-restrictions-on-bisfenol-A-BPA-and-other-bisfenoles-in- materiales-en-contacto-alimentos_es
Hora de publicación: 06-mar-2024